Resumen del criterio jurisprudencial
Instituto de Previsión Social debe corregir su procedimiento de pago por subrogación, en los términos que se indican, por lo que se ratifica el oficio N° 14.495, de 2019, de este origen.
Instituto de Previsión Social debe corregir su procedimiento de pago por subrogación, en los términos que se indican, por lo que se ratifica el oficio N° 14.495, de 2019, de este origen.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.