Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno sobre compraventa. Establece que no procede la acción rescisoria por lesión enorme en ventas de bienes muebles ni en las realizadas por el ministerio de la justicia.
Artículo del Código Civil chileno sobre compraventa. Establece que no procede la acción rescisoria por lesión enorme en ventas de bienes muebles ni en las realizadas por el ministerio de la justicia.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.