Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones recibió una reclamación interpuesta por Juan Pablo Jeréz Peña, administrador electoral de la candidata Elizabeth Maricán Rivas, contra la resolución G2730 del Director del Servicio Electoral. La resolución impugnada fue notificada el 28 de abril de 2025 y, conforme al artículo 75 N°10 de la Ley 18.556, el plazo para presentar la reclamación era de cinco días hábiles, venciendo el 6 de mayo de 2025. La parte recurrente presentó su escrito el 15 de agosto de 2025, es decir, de forma extemporánea. El Tribunal, aplicando el artículo 9 del Auto Acordado de 2021, declaró la reclamación inadmisible. Se ordenó el registro, notificación y devolución del expediente. La decisión fue firmada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino y Omar Astudillo Contreras.