Resumen del criterio jurisprudencial
Los hechos constituyen el delito de tenencia de elementos tecnológicos en recintos penitenciarios (art. 304 ter del Código Penal) y no una simple falta. Ordenó la realización de un nuevo juicio. Esta decisión refuerza la interpretación más estricta de la ley sobre objetos prohibidos en cárceles. El tipo penal exige, que el objeto prohibido, un teléfono celular, se encuentre en poder del acusado, lo que fue admitido por éste, de manera que, se configuran todos los elementos del tipo penal aludido, el que tiene un carácter especial, frente a la falta general de “infracción a reglas de policía en