Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, acogió en parte la reclamación interpuesta teniendo presente que, se debe hacer presente que la parte reclamada tuvo a su disposición en el curso de este juicio todos los antecedentes contables y sus respaldos presentados por la reclamante, incluyendo facturas, registro de remuneraciones, declaraciones de impuesto mensual, entre otros, la mayor parte de los cuales fueron presentados con el reclamo de autos (como se aprecia desde fojas hasta fojas 21). solamente, se limitó a contestar el reclamo interpuesto, apoyándose en un único argumento: la inadmisibilidad de la prueba presentada por su contraria. y habiendo sido este argumento descartado en los considerandos anteriores por no haberse rendido la necesaria prueba al respecto, la contestación del reclamo de autos queda desprovista de todo contenido dirigido a rebatir el fondo del reclamo de autos. así las cosas, sin que la administración haya entregado argumento válido alguno que desvirtúe lo alegado por su contraria, y habiendo sido analizada la prueba aportada conforme a la sana crítica, los desembolsos que fueran dubitados, aparecen hasta ciertos montos justificados, no quedando más posibilidad entonces que acoger parcialmente el reclamo incoado.