Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la servidumbre legal de tránsito.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la servidumbre legal de tránsito. Establece que el dueño de un predio sin acceso al camino público puede imponerla a otros predios, en lo indispensable, pagando el valor del terreno y resarciendo perjuicios.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.