Administrativo

Artículo de la Ley 18.575 sobre bases generales de la Administración del Estado.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 18.575 sobre bases generales de la Administración del Estado. Establece que la capacitación y perfeccionamiento funcionario se realizarán mediante programas nacionales, regionales o locales, pudiendo efectuarse por convenios. Regula requisitos de promoción, asignación por escalafón o concurso, otorgamiento de becas y recursos presupuestarios.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.