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Se acoge el amparo interpuesto por Pietro Sferrazza en contra de la Subsecretaría de Sa…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto por Pietro Sferrazza en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, ordenando la entrega de información sobre las atenciones de salud realizadas en centros públicos durante el estallido social. El Consejo para la Transparencia determinó que no se satisfizo el estándar legal para acreditar la inexistencia de la información reclamada. La Subsecretaría no fundó debidamente su alegación de inexistencia, la cual resultaba contradictoria con otros antecedentes. Se ordena que, en caso de no obrar alguno de los antecedentes solicitados, se explique y acredite pormenorizadamente en sede de cumplimiento. La Consejera Gloria De La Fuente González se abstuvo de intervenir y votar.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.