Resumen del criterio jurisprudencial
La Universidad de Artes, Ciencias y Comunicación UNIACC requirió la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 489 inciso tercero y 493 del Código del Trabajo. La sentencia rechaza el requerimiento de inaplicabilidad. La Universidad argumentó que la aplicación de los artículos 489 inciso tercero y 493 del Código del Trabajo vulnera los artículos 19 N° 2 y N° 3 de la Constitución Política. El Tribunal Constitucional consideró que la norma no establece una fórmula ni un método para evaluar si una u otra conducta constituye una infracción y cuál va a ser la sanción en cada caso. Sin embargo, el Tribunal concluyó que la aplicación de la norma no vulnera los principios de proporcionalidad y igualdad ante la ley.