Resumen del criterio jurisprudencial
Silvia Marcela Echeverría Gallardo interpuso un recurso de protección contra Benedicta del Carmen Valenzuela Piñones por la eliminación de una acequia que trasladaba aguas desde un canal de regadío hasta su predio, la cual pasaba por la propiedad de la recurrida. La recurrida negó la existencia de dicha acequia, afirmando que el canal era contiguo a la propiedad de la actora. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, pero la Corte Suprema, con voto en contra de los Ministros Carreño y Egnem, confirmó la sentencia apelada. La inspección personal del tribunal reveló que la acequia había sido removida recientemente, impidiendo el flujo de agua. La mayoría consideró que la recurrida alteró una situación de hecho preexistente, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N°3 inciso quinto. Sin embargo, la decisión final fue rechazar el recurso, aunque la disidencia estimó que debía acogerse.