Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley de Tribunales de Familia que regula la suspensión, modificación y cesación de medidas de protección de niños, niñas o adolescentes. Permite al juez modificar o dejar sin efecto las medidas de oficio o a solicitud de ciertos intervinientes, pudiendo solicitar informes psicosociales. Establece que las medidas cesan al alcanzar la mayoría de edad, ser adoptado o cumplirse el plazo.