Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria que regula el comité de administración: su composición (número impar de miembros, entre tres y cinco), designación por la asamblea, periodo máximo de tres años, facultades de representación y administración, y obligaciones del presidente, incluyendo la custodia de documentos y el libro de novedades.