Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Justicia Militar chileno que regula la ejecución de la pena de muerte. Establece que en tiempos de paz se ejecutará de día, con publicidad y al día siguiente de notificada la sentencia. En tiempo de guerra, permite la ejecución inmediata si el General en Jefe o Comandante lo estima necesario para un castigo ejemplar.