Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo contra de la Municipalidad de Combarbalá, ordenándose la entrega de los títulos profesionales del exfuncionario individualizado en la solicitud. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, y el órgano reclamado no alegó causales de reserva que ponderar. Se rechaza el amparo respecto de la nómina de 16 funcionarios públicos de la Municipalidad de Combarbalá, que salieron del territorio nacional pese a estar con licencias médicas, según el Informe de la Contraloría General de la República. Lo anterior, por cuanto su entrega implica una afectación presente, probable y con la suficiente especificidad del derecho a la protección de vida privada y de los datos personales, tanto de funcionarios públicos como de cualquier persona, por configurarse a su respecto la causal de secreto o reserva contenida en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada. Se sigue lo razonado en las decisiones de amparos roles C8419-24, C11404-24 y C2049-25.