Constitucional

R.A.G.G. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

R.A.G.G. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Graneros por delitos de porte de elementos destinados al robo y porte ilegal de arma de fuego. El requirente argumenta que la norma contraviene el artículo 1° de la Constitución Política al establecer la pena privativa de libertad como única opción, vulnerando la dignidad y la igualdad. Asimismo, sostiene que viola el principio de igualdad ante la ley del artículo 19 numeral 2° constitucional y el derecho a un procedimiento racional y justo del artículo 19 numeral 3° inciso sexto. El Tribunal Constitucional acogió a trámite el requerimiento y decretó la suspensión del procedimiento en la gestión judicial.

Normas citadas

  • Artículo 1° de la Constitución Política de la República
  • Artículo 19, numeral 2° de la Constitución Política
  • Artículo 19, numeral 3°, inciso sexto de la Constitución Política
  • Artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216
  • Artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
  • Artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
inaplicabilidad por inconstitucionalidaddignidad humanaigualdad ante la leypena privativa de libertadpenas sustitutivasproporcionalidad penalprocedimiento racional y justono discriminación

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.