Resumen
La Corte Suprema, a través de la Tercera Sala, resolvió el recurso de casación interpuesto por Agrifrut Comercial Limitada contra la Resolución N.º 912 de 26 de abril de 2022, que había fijado un caudal de 19 litros por segundo sujeto al pago de patente por no uso. La parte recurrente alegó que la DGA había vulnerado el artículo 41 de la Ley Nº 19.880 al modificar el caudal sin respetar el principio de prohibición de reforma en perjuicio del administrado (reformatio in peius). Asimismo, se señaló la infracción de normas constitucionales y legales, como el artículo 7° de la Carta Fundamental y los artículos 136 y 137 del Código de Aguas. La Corte determinó que la DGA excedió su competencia al imponer el gravamen y que la resolución impugnada debía ser anulada en la parte que estableció el caudal de 19 litros por segundo. En consecuencia, se dejó sin efecto la resolución reclamada y se confirmó la exención del pago de patente para el caudal de 120 litros por segundo durante el año 2022.