Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de un recurso de hecho ingresado erróneamente en materia civil, cuando corresponde a materia de familia. La Corte de Apelaciones de La Serena ordena reingresar la causa correctamente por la Unidad de Causas y Atención de Público, utilizando las nomenclaturas pertinentes. Se tiene por interpuesto el recurso de hecho y se solicita informe al Juzgado de Letras de Illapel, otorgando un plazo de ocho días para evacuarlo, debiendo adjuntar los antecedentes necesarios. Se resuelven diversos otrosíes, incluyendo tener por acompañados documentos, tener presente solicitudes, y pasar los autos al presidente suplente para los efectos del artículo 192 del Código de Procedimiento Civil. No se emite una decisión final sobre el fondo del recurso, sino que se dictan medidas procesales para su tramitación.