Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de Gendarmería de Chile, ordenándose la entrega de los nombres de los individuos condenados por delitos de lesa humanidad que permanecen en los centros de cumplimiento penitenciarios Punta Peuco, Colina I y Sección Esperanza del Centro de Orientación Femenina de San Joaquín y que pertenecían a las Fuerzas Armadas o de Orden y Seguridad según detalle que indica la solicitud. Lo anterior, por tratarse de antecedentes relativos a condenas penales actualmente en cumplimiento que obran en poder del organismo reclamado, y que, tanto la Constitución Política de la República como la Ley, establecen que son de naturaleza pública, existiendo además un interés público prevalente en su publicidad, y, por tanto, no teniéndose por acreditadas las causales de secreto o reserva invocadas por el organismo reclamado correspondientes a las dispuestas en el artículo 21, N°2 y N°5 de la Ley de Transparencia. Aplica jurisprudencia de decisiones de amparo roles C1415-11, C1214-14, C3019-17, C3932- 18, C4065-18, C419-18, C4086-18, C1313-19, C1360-19, C3246-20, y C887-21, entre otras, respecto de información de similar naturaleza.