Civil

Artículo 136 del Código Civil chileno sobre obligaciones entre cónyuges: establece la o…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 136 del Código Civil chileno sobre obligaciones entre cónyuges: establece la obligación recíproca de proveer auxilios para acciones o defensas judiciales. Además, el marido, si está casado en sociedad conyugal, debe sufragar las expensas del litigio que la mujer siga en su contra cuando ella no disponga de bienes propios suficientes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.