Resumen del criterio jurisprudencial
Don Eduardo Enrique Merino Peña dedujo recurso de protección en contra de la Municipalidad de San Pedro de La Paz por el Decreto Alcaldicio N°25.890 de 28 de noviembre de 2025, que dispuso no renovar su contrata para un nuevo periodo. El actor se desempeñó a contrata desde el 23 de julio de 2019, con renovaciones sucesivas hasta el 31 de diciembre de 2025, cumpliendo funciones de Inspección en la Dirección de Seguridad Pública y Protección Civil. La Corte Suprema reconoció que el vínculo era lo suficientemente extenso para activar el principio de protección de la confianza legítima. No obstante, consideró que la autoridad municipal expresó las razones de la no renovación mediante un acto administrativo debidamente fundado, basado en la optimización de recursos humanos y la reasignación de funciones a la Dirección de Administración y Finanzas. Por ello, concluyó que el acto impugnado no era ilegal ni arbitrario y confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso. El fallo se adoptó con voto en contra de la Ministra señora Ravanales y de la Abogada Integrante señora Ruiz, quienes fueron de parecer de revocar la sentencia y acoger el recurso de protección.