Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre asignaciones testamentarias a día.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre asignaciones testamentarias a día. Establece que la asignación hasta un día incierto pero determinado, unido a la existencia del asignatario, constituye usufructo, salvo que consista en prestaciones periódicas. Si el día se vincula a la existencia de otra persona, se entiende concedido el usufructo hasta la fecha en que esa persona llegaría al día.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.