Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido contra el Ministerio de Bienes Nacionales, ordenándose la entrega del número de herencias vacantes adjudicadas al Fisco por resolución fundada entre los años 2010 y 2024, indicando para cada año: cantidad de casos; monto total adjudicado al Fisco; y tipo de bienes adjudicados. Además de copia de los informes o estadísticas internas que utilice el Ministerio para dar seguimiento a estos procesos. Con todo, en caso de no obrar parte de esta información en poder del organismo se deberá indicar los motivos concretos que justifiquen y fundamenten su inexistencia, conforme lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10, de este Consejo, sobre el procedimiento administrativo de acceso a la información. Lo anterior, por cuanto, se trata de información de naturaleza pública, que obra en poder del organismo; desestimándose, la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios de la institución reclamada, al no ser debidamente justificada ni acreditada. Se concluye que la estimación del volumen de información y de las jornadas de trabajo carecen de suficiente fundamento, por cuanto fue elaborada en términos generales y no desagregada por cada SEREMI. Asimismo, el órgano no acreditó el volumen de antecedentes por unidad, no distinguió entre información en soporte físico y digital —pese a la implementación de un sistema electrónico desde 2014—, ni justificó el impacto en el cumplimiento de sus funciones según el costo de oportunidad, limitándose a cálculos globales sin el debido respaldo. En adecuación del Principio de Divisibilidad, consagrado en el artículo 11 letra e) de la Ley de Transparencia, deberán además reservarse todos aquellos datos personales de contexto que allí se encuentren; ello de conformidad a ley N°19.628, sobre Protección de la vida privada; y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por el artículo 33, letra m), de la Ley de Transparencia. Atendido los argumentos invocados por el organismo, se otorga un plazo adicional para realizar la entrega de información solicitada.