Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del decreto ley que establece el sistema de pensiones en Chile, relativo a los afiliados voluntarios. Dispone que la Superintendencia de Pensiones deberá regular mediante norma de carácter general las materias vinculadas a las cotizaciones de este tipo de afiliados, incluyendo los procedimientos de determinación, cobro de la cotización adicional e imputación de cotizaciones.