Resumen del criterio jurisprudencial
Karlha Soledad Tapia Alveal interpone recurso de protección en contra de la Universidad Santo Tomás por negativa a inscribir ramos en el segundo semestre 2024, alegando vulneración de garantías constitucionales. La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió la acción, considerando que la negativa constituía un acto de autotutela ilegal y arbitrario. La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza la acción de protección, estimando que la decisión de la Universidad se ajusta a derecho conforme a su reglamentación y al contrato de prestación de servicios educacionales. La Corte determina que las obligaciones pecuniarias pendientes deben cobrarse por medios legales establecidos, no mediante restricciones académicas.