Resumen del criterio jurisprudencial
1.- ¿Por qué se aplica el beneficio de Crédito Fiscal a las urbanizaciones de viviendas sociales y no a las otras construcciones de mayor monto? Si las urbanizaciones son parte del contrato general de construcción y las exigencias en cuanto a las especificaciones son similares en ambos casos, por lo que se utilizan los mismos tipos de hormigones para veredas y calzadas, el mismo tipo de soleras, las mismas exigencias de instalaciones de alcantarillado, agua y alumbrado exterior. Para ambos casos se debería aplicar el beneficio. 2.- Para las urbanizaciones de condominios donde todos los propietarios son dueños del terreno. ¿Cómo se considera el Crédito Fiscal para las urbanizaciones? 3.- Cuando un propietario particular, empresa o inmobiliaria, son dueños de un terreno y manda