Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua conoce el recurso de apelación interpuesto por Áridos Elyda Labra SpA en contra de la sentencia del Juzgado de Policía Local de Rengo. La sentencia apelada acogió una denuncia infraccional y condenó a la empresa al pago de una multa de 3 unidades tributarias mensuales. La condena se debió a que la empresa realizó labores de extracción de áridos en el cauce del río Claro sin contar con autorización municipal vigente y suficiente. La recurrente alegó que una resolución judicial de julio de 2025 había autorizado temporalmente labores de extracción a otra empresa, AYC Áridos SpA, y que documentos agregados demostraban su vinculación. La Corte determinó que la solicitud de la denunciada estaba aún en trámite y que la autorización judicial fue otorgada a una persona jurídica distinta. Asimismo, precisó que los documentos de otra causa no permitían extender dicha autorización ni habilitaban a la empresa para prescindir de la autorización municipal pendiente. En definitiva, la Corte confirmó la sentencia apelada y mantuvo la multa impuesta.