Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, una empleada de Talca, interpuso recurso de protección contra la Resolución Exenta N° 13507 del 26‑agosto‑2025, que había aprobado la posesión efectiva intestada N° 4332 y excluido a su medio hermano materno de la herencia. La causa se originó tras el fallecimiento de la hermana de la recurrente el 15‑sep‑2012 y la solicitud de posesión efectiva presentada en julio‑2025. El Registro Civil justificó la exclusión alegando que, según la normativa vigente en 1947, la simple consignación del nombre de la madre no constituía reconocimiento de filiación sin instrumento público. La Corte consideró que esa interpretación era arbitraria y vulneraba los artículos 19 N° 2 y N° 24 de la Constitución, así como los artículos 183 y 188 del Código Civil. En consecuencia, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó dictar una nueva que incluya al hermano excluido. La decisión fue redactada por la ministra Marisol Ponce Toloza y no hubo voto disidente.