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Los tribunales laborales, como judicatura especial, solo pueden conocer asuntos que la…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los tribunales laborales, como judicatura especial, solo pueden conocer asuntos que la ley les atribuye expresamente. No existe norma que otorgue competencia específica a los juzgados laborales para impugnar el dictamen en cuestión (Ord. N° 206, Dirección del Trabajo). Se rechaza el argumento de violación al principio de inexcusabilidad, destacando que existen vías administrativas para impugnar estos dictámenes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.