Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula las reglas generales de las asignaciones testamentarias. Establece que toda asignación debe ser a título universal, de especies determinadas o de géneros y cantidades determinables, so pena de tenerse por no escrita. Excepcionalmente, permite la validez de asignaciones destinadas a objetos de beneficencia sin cuota o especie determinada, cuya determinación corresponderá al juez conforme a la intención del testador.