Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de amparo interpuesto por un condenado que cuestionaba la imposición extemporánea de una tobillera electrónica para monitorear el cumplimiento de una pena de 270 días de reclusión nocturna domiciliaria. El recurrente alegaba que la pena ya había sido cumplida íntegramente y que la medida constituía una vulneración a sus derechos constitucionales. La Corte consideró que el Juzgado de Garantía actuó dentro de sus facultades legales de control de ejecución y que, al estar la ejecución suspendida a requerimiento del beneficiario, no existe un acto ilegal o arbitrario que corregir. Se desestima la acción sin costas, indicando que las discrepancias sobre cumplimiento de pena deben ventilarse ante el juez natural de ejecución.