Resumen del criterio jurisprudencial
El Conservador de Bienes Raíces de Río Negro rechazó inicialmente la solicitud. Los tribunales inferiores consideraron que la modificación podría afectar derechos de terceros y que el asunto no puede tramitarse bajo la forma establecida para los actos judiciales no contenciosos. La Corte Suprema estimó que el recurso carecía de fundamento al no denunciar la infracción de normas decisorias.