Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula los efectos patrimoniales de los actos y contratos celebrados por la mujer casada en sociedad conyugal, estableciendo que solo la obligan en los bienes que ella administra, con excepción de las compras al fiado de bienes de consumo familiar, que obligan al marido y a la sociedad conyugal, y subsidiariamente a los bienes propios de la mujer hasta el beneficio particular obtenido.