Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Minería chileno que regula el procedimiento posterior a la manifestación minera. Establece que, ante ciertas situaciones informadas por el Servicio, el juez ordena al interesado publicar un extracto con coordenadas y datos de las pertenencias afectadas, y notificar personalmente a los titulares inscritos.