Minero

Artículo del Código de Minería chileno que regula el procedimiento posterior a la manif…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Minería chileno que regula el procedimiento posterior a la manifestación minera. Establece que, ante ciertas situaciones informadas por el Servicio, el juez ordena al interesado publicar un extracto con coordenadas y datos de las pertenencias afectadas, y notificar personalmente a los titulares inscritos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.