Administrativo

Para acceder al descanso reparatorio de la ley N° 21.409 es requisito haberse desempeña…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para acceder al descanso reparatorio de la ley N° 21.409 es requisito haberse desempeñado de manera continua, en el período que se indica, en alguna de las instituciones que señala su artículo 2°, aunque no necesariamente en una sola de ellas.

ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.