Resumen
La candidatura de J.E.M.T. interpuso una reclamación contra la Resolución N° G9939 del Servicio Electoral, que aprobó la cuenta general de ingresos y gastos electorales con dos observaciones. La primera observación se refería al aporte propio del candidato por $100.000 sin justificación de fuente de financiamiento. La segunda observación contenía dos reproches: gastos de combustible por $187.000 sin acreditar vehículo, y gasto omitido de propaganda radial por $103.550. El Tribunal acogió parcialmente la reclamación, teniendo por subsanadas la observación N°1 y el primer reproche de la observación N°4, al considerar que la transferencia desde la cuenta personal y el certificado de donación del vehículo eran suficientes. Rechazó el segundo reproche porque la candidatura reconoció haber omitido el gasto de propaganda radial. La decisión se adoptó con el voto en contra de la Ministra A.R.A., quien estimó que la sola copia de transferencia no acreditaba la fuente de financiamiento del aporte propio.