Resumen del criterio jurisprudencial
El Colegio San José de Chicureo S.A. presentó un reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta N°54.976 del Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios, que denegó una solicitud de Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF). El Servicio de Impuestos Internos interpuso recurso de reposición argumentando que dicha resolución no es susceptible de reclamo judicial según el artículo 124 del Código Tributario. El tribunal acogió la reposición y dejó sin efecto la resolución que había conferido traslado, declarando el reclamo inadmisible por improcedente. Se sostuvo que el acto impugnado no está contemplado entre aquellos que pueden ser reclamados judicialmente de acuerdo a los artículos 124 y siguientes del Código Tributario. La decisión se fundamenta en que la resolución sobre una RAF no es una liquidación, giro, pago o resolución que incida en el pago de un impuesto. En consecuencia, se rechazó la acción por falta de competencia del tribunal para conocer del asunto.