Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Comisión Nacional de Riego, ordenando la entrega de copia de todas las presentaciones realizadas por la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu, en el marco del proceso de invalidación parcial de la Resolución CNR Exenta N5912 de fecha 22 de agosto de 2024, dispuesto por la Resolución Exenta N03800/2024, de fecha 22 de noviembre de 2024; previa reserva de todos aquellos datos personales de contexto que allí se contengan. Lo anterior, por cuanto se trata de información que de obrar en poder del organismo es de naturaleza pública pues no se acreditó fehacientemente que su divulgación genere una afectación a su privilegio deliberativo en el marco del procedimiento de invalidación que se indica.