Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema de Argentina acoge una queja por retardo de justicia interpuesta por el progenitor de un niño en un proceso de restitución internacional. El caso se originó el 18 de octubre de 2019 por retención indebida del menor en Argentina conforme al Convenio de La Haya de 1980. El Juzgado de Familia de Pilar ordenó la restitución el 23 de diciembre de 2019 y la Cámara de Apelaciones confirmó esta decisión el 27 de febrero de 2020. Sin embargo, la demandada interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que fue concedido el 19 de junio de 2020 pero permanecía sin resolver por más de tres años. La Corte Suprema ordena a la Suprema Corte de Buenos Aires resolver sin dilación, advirtiendo que el retardo injustificado compromete la responsabilidad internacional del Estado.