Minero

Artículo 32 del Código de Minería chileno, sobre demasías.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 32 del Código de Minería chileno, sobre demasías. Regula el procedimiento para anotar la demasía al margen de la inscripción de dominio, requiriendo decreto judicial y citación a colindantes. Establece que la falta de trámites causa la pérdida del derecho si caduca alguna pertenencia, y que la demasía no incrementa la patente.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.