Resumen
Hechos controvertidos: 1.- efectividad que la reclamante, al año tributario en que se generó la liquidación n° 1107, de 29.09.2015, compró y vendió gas licuado en bombonas (cilindros, balones), forma de adquisición y venta, precio y margen de comercialización. 2.- antecedentes, hechos y circunstancias que permitan desvirtuar la liquidación n° 1107 de 29.09.2015, en relación con el margen de comercialización, a las partidas o conceptos considerados y al monto liquidado por concepto de costo directo no justificado y en cuanto a la aplicación del impuesto único del artículo 21 de la ley de impuesto a la renta. 3.- antecedentes, hechos y circunstancias que justifiquen el monto liquidado por concepto de costo directo no justificado en la suma de $273.120.569.- lo razonado: que respecto al margen de comercialización la reclamante se limita a señalar que es menor al 18.04% que señala el sii, que este margen sería de alrededor de un 5%, pero no acompaña documentación, que acredite dichos márgenes. que era de carga de la reclamante acreditar y desvirtuar las objeciones planteadas por el sii, en la liquidación reclamada, que dicha acreditación debe ser con la contabilidad de la reclamante y todos sus respaldos documentarios, por ello la documentación parcialmente acompañada no resulta suficiente para acreditar este punto de prueba, ya que resulta insuficiente y no cuenta con todos los respaldos como indica la ley. que con la documentación acompañada a este proceso en sede judicial no es clara, precisa, concordante ni suficiente para acreditar que los montos que señala la actora son correctos, debido a que no presenta la contabilidad completa como indica la ley, solo documentos parciales, facturas, especialmente de la empresa gasco, pero no es posible determinar un resultado diferente, que el señalado por el sii en la liquidación y por el propio reclamante en sus f 22 y f 29 del at 2013. décimo segundo: …la reclamante de $1.786.786.218.-, da como resultado la suma de $273.120.569.-, monto que corresponde a la parte que no ha logrado ser justificada por la reclamante ni en sede administrativa, como tampoco en sede judicial, debido a que la prueba rendida no es suficiente, concordante, ni fehaciente, ya que no acompaña la contabilidad completa y sus correspondiente respaldos documentarios, solo acompaña ciertos antecedentes de manera parcial, como facturas emitidas por gasco (alegación que no ha sido suficientemente acreditada en el proceso), comprobantes de cierre de local y señala problemas internos del negocio, como pérdidas y robos de materiales que no fueron denunciados ni acreditados ante el sii oportunamente. por todo lo previamente señalado se confirma el monto de costo directo no justificado de $273.120.569.- señalado por el sii en la liquidación, debido a que dicho monto se obtuvo de las propias declaraciones y formularios presentados por el reclamante, los cuales no han sido desvirtuados. lo resuelto: no ha lugar ca: confirma cs: inadmisible ca