Resumen del criterio jurisprudencial
El artículo 171 del Código Sanitario regula el procedimiento de reclamación ante la justicia ordinaria civil de las sanciones aplicadas por el Servicio Nacional de Salud, estableciendo un plazo de cinco días hábiles y un trámite breve y sumario. Dispone que el tribunal desechará la reclamación si los hechos están comprobados en el sumario sanitario, constituyen infracción a la normativa sanitaria y la sanción aplicada corresponde a la infracción cometida.