Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen del Servicio Nacional de Aduanas que clasifica arancelariamente una lancha de desembarco anfibia acondicionada como vehículo de turismo para 26 personas. Resuelve que procede su clasificación en el ítem 8702.1090 o 8702.9090 del Arancel Aduanero, según su motor, y que no puede importarse usada por estar destinada al transporte de personas.