Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata Roxana Nenen Cárcamo reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta de ingresos y gastos electorales para las elecciones 2024. La primera observación se refería a un gasto de $27.273 por propaganda impresa y merchandising, respaldado con boleta de honorarios. La candidata subsanó la observación remitiendo detalle de los elementos adquiridos y medios de comprobación documental, y el tribunal consideró su cuantía de mínima significancia económica. La segunda observación concernía a la no declaración de servicios del Administrador Electoral, que fueron aclarados como donados y valorizados. El Tribunal Calificador de Elecciones acogió la reclamación y tuvo por aprobada la cuenta sin observaciones. La decisión se fundó en que ambas observaciones fueron debidamente subsanadas.