Resumen del criterio jurisprudencial
Con fecha 15 de septiembre de 2017, Inversiones Val Limitada dedujo reclamo en contra de la Liquidación N°415000001101, emitida el 16 de mayo de 2017. El tribunal consideró que el plazo para reclamar es de 90 días hábiles desde la notificación, conforme al artículo 124 del Código Tributario. Dicho plazo venció el 31 de agosto de 2017, por lo que el reclamo presentado el 15 de septiembre resultó extemporáneo. En consecuencia, se declaró inadmisible el reclamo por extemporaneidad. La resolución fue dictada por el Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.