Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge el recurso de protección interpuesto por María Victoria Burgos Sepúlveda en favor de Inmobiliaria IM Limitada en contra de la Dirección Regional de Vialidad de La Araucanía. Se ordena a la entidad recurrida liquidar siete contratos de obras públicas que han permanecido sin liquidación durante años, excediendo ampliamente los plazos legales establecidos. El artículo 184 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas establece que las liquidaciones deben realizarse en 90 días desde el acta de recepción definitiva, prorrogable hasta 180 días. La demora injustificada constituye una acción ilegal y arbitraria que vulnera derechos constitucionales. Se ordena notificar la liquidación final dentro de 30 días hábiles desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada.