Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía Nacional Económica interpuso un requerimiento contra SMU S.A. por incumplir las condiciones impuestas en la Resolución N° relativas a la fusión con Supermercados del Sur S.A. Las condiciones incumplidas incluían la enajenación de activos dentro de un plazo fatal y la equiparación de precios en locales a desinvertir. SMU celebró un contrato de operación transitoria que le permitió continuar operando los activos por cuenta propia, prolongando el plazo fijado. El Tribunal concluyó que SMU infringió el artículo 3° inciso 1° del Decreto Ley N° 211 e impuso multas de 15.000 UTA y 3.000 UTA por los incumplimientos. Un ministro disintió, considerando que las multas debían ser más altas para un efecto disuasorio adecuado.