Resumen del criterio jurisprudencial
Viviana Del Carmen Veloz Acosta, ciudadana venezolana, dedujo recurso de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por el rechazo de su solicitud de residencia definitiva y la orden de abandonar Chile en 15 días. La actora ingresó a Chile en 2019 y su hija padece esquizofrenia y compromiso encefalocraneal, dependiendo de ella; por ello invocó arraigo, reunificación familiar y el derecho al cuidado. El Servicio sostuvo que no cumplía el plazo mínimo de residencia temporal exigido por el artículo 65 del Decreto Supremo N° 296, al registrar una infracción al artículo 107 de la Ley N° 21.325. La Corte razonó que la situación no podía analizarse solo desde la perspectiva migratoria formal, pues existían alternativas menos gravosas, como derivar el caso a residencia temporal, tal como se hizo con la hija. En definitiva, acogió el recurso, dejó sin efecto la resolución que rechazó la residencia y ordenó reabrir el procedimiento administrativo. El ministro Mera Muñoz votó en contra por estimar que la orden de abandono era un efecto reglado de la denegación y no una afectación ilegal a la libertad.