Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acoge parcialmente el recurso de amparo interpuesto contra la decisión del 34° Juzgado del Crimen de Santiago que rechazó la declaración de prescripción gradual de la pena en un caso de lavado de activos. La Corte determina que el cálculo de la prescripción debe iniciarse desde la sentencia de segunda instancia (31 de mayo de 2018) y no desde la resolución de casación (6 de noviembre de 2023). Se ordena al juez no inhabilitado recalcular la prescripción conforme a los artículos 98 y 103 del Código Penal, considerando el plazo de diez años aplicable al delito y las fechas en que los condenados iniciaron el cumplimiento de pena.