Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones recibió la reclamación de Hernaldo Andrés Ahumada Chávez, candidato a alcalde de Paredones, contra la Resolución N°G2089 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos y desestimó su solicitud de reembolso. El tribunal analizó los antecedentes y constató que la documentación presentada no era idónea ni suficiente para subsanar los reparos observados. Se verificó que, aunque la candidatura alegó haber pagado todas las facturas con fondos personales, no se acompañaron los documentos tributarios exigidos por el artículo 17 de la Ley N°19.884. En consecuencia, el reembolso solicitado resultó improcedente. El tribunal aplicó el artículo 50 de la Ley N°19.884, que permite rechazar la rendición cuando existen defectos sustanciales. Por estas razones, la reclamación fue rechazada.