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Si la parte reclamante acredita fehacientemente que una parte del precio pagado por un…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2016

Resumen

Si la parte reclamante acredita fehacientemente que una parte del precio pagado por un inmueble se financió con un mutuo hipotecario otorgado por un banco, corresponde tener por justificado el origen de los fondos con los cuales se efectuó dicha inversión, pero solamente hasta por el monto de ese mutuo hipotecario.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Artículo 21 del Código Tributario
  • Código de Procedimiento Civil
  • Código Civil
  • Resolución N° 9400319034610
  • Artículo 13 del Código Tributario
  • Artículo 63 del Código Tributario

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