Si la parte reclamante acredita fehacientemente que una parte del precio pagado por un…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2016
Resumen
Si la parte reclamante acredita fehacientemente que una parte del precio pagado por un inmueble se financió con un mutuo hipotecario otorgado por un banco, corresponde tener por justificado el origen de los fondos con los cuales se efectuó dicha inversión, pero solamente hasta por el monto de ese mutuo hipotecario.
Normas citadas
Código Tributario
Ley sobre Impuesto a la Renta
Artículo 21 del Código Tributario
Código de Procedimiento Civil
Código Civil
Resolución N° 9400319034610
Artículo 13 del Código Tributario
Artículo 63 del Código Tributario
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